Calculadora gratis
Liquidador de horas extra y recargos 2026–2027
Calcula cuánto pagar por las horas extra, el recargo nocturno y el dominical o festivo con la reforma laboral: jornada de 42 horas, noche desde las 7:00 p. m. y recargo dominical del 90 % y del 100 %.
Liquida las horas de un periodo
Es una estimación orientativa. El cálculo se hace en tu navegador: el salario y las horas no se envían a ningún sitio.
Escribe el salario mensual y al menos una hora con recargo para ver la liquidación.
Horas extra y recargos del periodo
Para revisar
Las mismas horas en cada tramo de la reforma
Con la jornada máxima y el recargo dominical mínimo de cada tramo.
Qué cambió con la reforma laboral
- La noche empieza a las 7:00 p. m. Desde el 25 de diciembre de 2025 es trabajo nocturno el que va de las 19:00 a las 6:00 (artículo 160), con un recargo del 35 %.
- La jornada máxima es de 42 horas. La Ley 2101 de 2021 la bajó por escalones y llegó a 42 horas el 15 de julio de 2026. Con menos horas y el mismo salario, la hora ordinaria vale más: el divisor pasa de 220 a 210.
- El recargo dominical sube hasta el 100 %. Fue del 80 % desde el 1 de julio de 2025, es del 90 % desde el 1 de julio de 2026 y será del 100 % desde el 1 de julio de 2027.
- Las horas extra tienen tope y registro. Máximo 2 al día y 12 a la semana, y el empleador debe llevar un registro con el nombre, la actividad y las horas de cada persona, separando las diurnas de las nocturnas (artículo 162).
Un ejemplo en pesos
Alguien gana $ 2.100.000 al mes con jornada de 42 horas: su hora ordinaria vale $ 10.000. En el mes hace 6 horas extra diurnas ($ 75.000), 8 horas de su turno caen después de las 7:00 p. m. ($ 28.000 de recargo nocturno) y trabaja un festivo de 8 horas que es parte de su jornada ($ 72.000 de recargo festivo al 90 %). Ese mes le corresponden $ 175.000 además del salario. Las mismas horas desde julio de 2027 suman $ 183.000.
Es una estimación: el cálculo exacto depende de lo que diga tu contrato, tu reglamento o tu convención colectiva, y de los factores que entren en el salario. Si tienes dudas, revísalo con tu contador o con un abogado laboral.
Domingos y festivos: el pago y el descanso
Si una persona trabaja uno o dos días de descanso en el mes, el trabajo es ocasional y ella elige entre un descanso compensatorio remunerado o el pago en dinero. Si son tres o más, es habitual y le corresponden las dos cosas (artículos 179 a 181). Para saber qué festivos caen cada mes, mira el calendario de festivos 2027 en Colombia.
Lo difícil no es la fórmula, sino saber cuántas horas de cada tipo hubo. Con Kinmu tienes la hora de entrada y de salida de cada persona, las horas que pasan de su horario y quién trabajó un festivo, y con eso haces la cuenta. Para seguir: control de asistencia sin datos biométricos.
Que cada hora trabajada quede registrada
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se liquidan las horas extra en Colombia en 2026?
Divide el salario mensual entre 210 para sacar la hora ordinaria (con la jornada de 42 horas) y multiplícala por el factor de cada hora: 125 % la extra diurna y 175 % la extra nocturna. Las horas nocturnas o en domingo que son parte de la jornada no se pagan enteras, porque ya van en el salario: solo llevan el recargo.
¿Cuál es el valor de la hora ordinaria con la jornada de 42 horas?
El salario mensual entre 210. Sale de repartir las 42 horas en seis días (7 horas al día) y multiplicar por los 30 días que paga el salario mensual. Con 44 horas el divisor era 220 y con 48, 240. La Ley 2101 de 2021 dice que reducir la jornada no puede bajar el salario ni el valor de la hora.
¿Desde qué hora se paga el recargo nocturno?
Desde las 19:00 (7:00 p. m.) hasta las 6:00 a. m. Lo fija el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo en la redacción de la Ley 2466 de 2025, que rige desde el 25 de diciembre de 2025. El recargo es del 35 % sobre la hora ordinaria.
¿Cuánto es el recargo dominical y festivo en 2026 y 2027?
El 80 % desde el 1 de julio de 2025, el 90 % desde el 1 de julio de 2026 y el 100 % desde el 1 de julio de 2027 (parágrafo transitorio del artículo 179). Son mínimos: si tu empresa ya aplica el 100 % o tu convención colectiva da más, escribe ese porcentaje en la calculadora.
¿Cuánto se paga una hora extra en domingo o festivo?
La hora entera, su recargo de hora extra y el recargo dominical: 215 % de la hora ordinaria si es diurna y 265 % si es nocturna con el 90 %, y 225 % y 275 % desde julio de 2027. Es la forma habitual de liquidarlas: el artículo 168 impide sumar entre sí el recargo nocturno y el de hora extra, pero el dominical viene de otro artículo.
¿Cuántas horas extra se pueden trabajar a la semana?
Como máximo 2 al día y 12 a la semana, diurnas o nocturnas (artículo 22 de la Ley 50 de 1990, en la redacción de la Ley 2466). Quedan fuera de esa regla el sector de seguridad y el de salud. Y ya no hace falta permiso del Ministerio del Trabajo para trabajarlas (parágrafo del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 12 de la Ley 2466).
¿Todo el mundo tiene derecho a horas extra?
No. Quien tiene un cargo de dirección, de confianza o de manejo queda fuera de la jornada máxima legal (artículo 162). Y en los turnos de hasta 6 horas al día y 36 a la semana sin solución de continuidad no hay recargo nocturno ni dominical (artículo 161, literal d).
Fuentes oficiales
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 159 a 168: trabajo nocturno, jornada máxima, registro y tasas de recargo (Secretaría del Senado)
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 179 a 181: trabajo en día de descanso obligatorio (Secretaría del Senado)
- Ley 2466 de 2025, arts. 10 a 14: reforma laboral (Secretaría del Senado)
- Ley 2101 de 2021, art. 3: reducción gradual a 42 horas (Secretaría del Senado)
Datos revisados el 12 de octubre de 2026.